Derecho de Familia
Divorcio
El divorcio acordado implica que ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en los temas relacionados con los hijos menores de edad que puedan tener dentro del matrimonio (tuición, el régimen de visitas y la pensión de alimentos). También puede haber acuerdos compensativos si es que los cónyuges así lo acuerdan.
La partición de la herencia, es entendida como el derecho de un coasignatario a solicitar que se ponga término a la comunidad de bienes que existe a consecuencia de la muerte de una persona, en todos sus bienes y obligaciones transmisibles.
En términos simples es el derecho a solicitar que la herencia se divida entre todos los herederos y terminar con la comunidad que existe en ellos.
Relación Directa Regular
El artículo 229 del Código Civil, señala que el padre que no tiene el cuidado personal del hijo o hija, no sólo tiene el derecho, sino el deber de mantener con sus hijos una relación directa y regular.
Esta normativa destaca el hecho de que aunque no se viva con los hijos, es imperativo mantener una relación permanente con ellos, para dar estabilidad al vínculo afectivo y emocional entre los progenitores y sus hijos, fortaleciendo un conocimiento personal mutuo. Es por eso, que se denomina “Derecho-Deber” y, no solamente derecho.
Frente a este tipo de juicios, nuestro Estudio ofrece, abogados especialistas, en embargos, defensas, y suspensión de remates.
Pensión Alimenticia
Es aquella obligación legal impuesta a ciertas personas para que efectúen, respecto de otras, las prestaciones necesarias con el fin de satisfacer las necesidades de manutención de éstas. La pensión alimenticia es un derecho para unos y al mismo tiempo, una obligación para otros.
Adopción
De acuerdo al espíritu de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, la Ley N 19.620 establece en su artículo nº 1º que “la adopción tiene por objeto velar por el interés superior del adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no pueda ser proporcionado por su familia de origen.
Cuidado Personal
Es el conjunto de deberes y derechos que corresponde a ciertas personas señaladas en la ley o por el juez, respecto al cuidado personal, crianza y educación de los hijos.
Toda esta materia se regula en el Código Civil en el Título IX, del Libro I: De los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos, básicamente en los artículos 224, 225, 226.
Enajenación en General
La enajenación del Derecho Social implica la venta de una parte de la empresa como un todo, es decir, cuando se está realizando la enajenación de la participación en Derecho Social, lo que se está haciendo es vender un porcentaje de cada componente que forma la empresa como un todo, dicho de otra forma, se está vendiendo una parte de las cuentas por cobrar, de las cuentas por pagar, de los bienes, la porción de utilidades o pérdidas acumuladas en la empresa, es decir, el acto de la enajenación implica el desprenderse de todo lo que concierne a la empresa en proporción a la parte enajenada, en esencia es vender Capital Propio Tributario.
Autorización Salida del País
Requieren autorización del país, los menores de 18 años que viajan fuera de Chile sin la compañía de sus padres o de uno de ellos.
Si el menor de edad viaja con ambos padres, no requieren autorización judicial, bastando solo la exhibición ante Policía Internacional del carnet de identidad o pasaporte con la visa según corresponda, junto a un certificado de nacimiento mas la presencia de ambos progenitores.
Si el menor viaja en ausencia de uno o ambos padres debe presentar al momento de la salida, ante Policía Internacional un permiso extendido ante notario publico, el que debe ser emitido por la madre o el padre que no van al viaje, este permiso, junto con la individualización del menor debe señalar la fecha y lugar de destino.
Si uno de los padres esta fallecido, basta exhibir en Policía el certificado de defunción de ese progenitor, todo acompañado con el permiso del padre o madre presente.
En caso de la negativa del padre o madre, se debe presentar ante los Tribunales de Familia la autorización judicial para la salida del menor, para tal efecto se debe presentar junto a esta la solicitud el certificado de nacimiento del menor y todos los antecedentes que dan cuenta del viaje. El procedimiento dura 20 días aproximadamente.
Centro Familiar
Nuestro Estudio Jurídico, presta asesoría profesional en materias de familia incorporando un análisis de la causa y las distintas alternativas jurídicas para encausar la defensa del cliente. Por otro lado contamos con abogados especialistas en derecho de familia con vasta experiencia en procesos de litigación oral en Tribunales de Familia del procedimiento establecido en la ley 19.968 que crea los nuevos Tribunales de Familia. Cabe señalar, que con la reforma al procedimiento de familia ley 20.286 (artículo 18) señala que todos los procedimientos que se sigan ante los juzgados de familia, las partes deberán comparecer patrocinadas por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, salvo excepciones, hace necesaria la defensa de los mismos mediante abogados especializados.
Cuidado Personal
Es la ley quien define la Violencia intrafamiliar como:
Todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o síquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea, pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive del ofensor…